Calendario laboral 2012

Los datos oficiales para el calendario laboral 2012, publicado en el Diario Oficial Digital (DOD) son los siguientes. Recuerde que este año tendremos días festivos y no laborales que podrá utilizar para viajar si es que su salario se lo permite.

Este tipo de información es muy importante a la hora de planificar nuestros descansos anuales, y si queremos, alguna que otra escapada como vacaciones.

En consecuencia, el calendario laboral 2012 cuenta con los siguientes días festivos o feriados de descanso obligatorio:

  • Domingo 1 de enero: Año nuevo
  • Viernes 6 de enero: Reyes
  • Lunes 6 de febrero: día de la Constitución (fecha original: 5 de febrero)
  • Viernes 24 de febrero: Día de la Bandera
  • Lunes 19 de marzo: nacimiento de Benito Juárez (fecha original: 21 de marzo)
  • Jueves 5 de abril: Jueves Santo
  • Viernes 6 de abril: Viernes Santo
  • Martes 1 de mayo: día del trabajo
  • Sábado 5 de mayo: Conmemoración de la Batalla de la Puebla
  • Lunes 2 de Julio: Elecciones Presidenciales (elección el 1 de julio)
  • Sábado 1 de septiembre: el Presidente mexicano presenta el informe presidencial al Congreso
  • Jueves 13 de septiembre: día de los Niños Héroes
  • Domingo 16 de septiembre: día de la Independencia de México
  • Jueves 1 de noviembre: día de Todos los Santos
  • Viernes 2 de noviembre: día de muertos o los fieles difuntos
  • Lunes 19 de noviembre: día de la Revolución Mexicana (fecha original 20 de noviembre)
  • Miércoles 12 de diciembre: día de la Virgen de Guadalupe
  • Martes 25 de diciembre: Navidad

Asimismo, los invitamos a ver el calendario electoral 2012, para corroborar cuándo debe ir a votar.

Recordamos que puede conocer los siguientes calendarios:

Fuente: Diario Oficial Digital

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53 responses to “Calendario laboral 2012

  1. no considero que sea un calendario laboral, pués muchos de estos dias no estan en la ley federal del trabajo y se dan por costumbre NO por obligacion, no se puede uno basar en esta informaciòn pués si se labora en la mayoria de dias mencionados.

  2. Puede una empresa obligar a sus trabajadores a trabajar el 16 de septiembre y amenazarlos con no darles su bono por falta injustificada ??

  3. Hola José Alfredo, un poco tarde, pero el artículo 75 de la LFT te menciona lo que hay que hacer si la fuente de trabajo no puede suspender labores

    Por otro lado falta incluir en el calendario laboral 2012, el 1° de diciembre que es el cambio de poderes derivados de la elección, y el 2 de julio si se trabaja, el descanso es el día de las elecciones que será 1° de julio

  4. mencionas que es en base ala diario oficial, de que fecha es el diario oficial que publico esta informacion y que adems debe decir cuales se recorren y a que dia, peudes informarme

  5. si las leyes laborales fueran uniformes para todos los trabajadores en el pais seria de mucho beneficio, pero la realidad es que el calendario laboral oficial cuando se utiliza para calculos de indirectos de empresas ahi si consideran no dias no laborables por ley, por costumbre, festividades y a la hora de dar la prestacion a los trabajadores, las empresas los hacen trabajar alegando que son dias festivos, y ellos realemente se los cobran al gobierno en las licitaciones esto deberia de estar mas regulado. y cambar el tema a los dias de costumbre y dejarlos por ley y evitar esa muletilla

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