Pensiones Jalisco

El decreto nº 12697, que constituyó esta ley, tiene por objetivo regular el otorgamiento, por la Dirección de Pensiones del Estado, de las prestaciones y servicios a sus afiliados.
Las personas afectadas por esta la ley de Pensiones son:
1. servidores públicos de los poderes del Estado de Jalisco.
2. Los que se incorporen al régimen voluntario establecido en esta ley;
los servidores públicos de los municipios de la entidad; de los organismos públicos descentralizados del Estado y sus municipios.
3.  Los que, de conformidad con esta ley, adquieran el carácter de pensionados por jubilación, edad avanzada o invalidez
4. Los poderes del Estado de Jalisco.
Entre los servicios y prestaciones que brinda el estado de Jalisco se encuentran pensiones por jubilación, por edad avanzada; y por invalidez; Servicio médico a pensionados y a sus beneficiarios; prestaciones económicas derivadas de la muerte del pensionado o del afiliado; préstamos; arrendamiento y venta de inmuebles y prestaciones sociales y culturales.
Algo importante, es destacar que el derecho de los afiliados a recibir los beneficios que otorga esta ley surge simultáneamente con el pago de sus respectivos aportes según su cargo.
El Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, entidad encargada de las pensiones, también les ofrece a sus afiliados beneficios como descuentos especiales en centros de servicio, servicio fúnebre, deportes y recreación, salones de eventos y agencias de viajes.
En cuanto al aporte que deben realizar los servidores públicos sujetos a esta ley, consiste en una cuota o aportación obligatoria, del 5 por ciento mensual del sueldo, sobresueldo y compensación que perciban.Por su parte, tienen derecho a la jubilación, los trabajadores con 30 años o más de servicios, cualquiera que sea su edad, siempre que hubieren contribuido al Fondo de Pensiones por lo menos durante 20 años.
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El decreto nº 12697, que constituyó esta ley, tiene por objetivo regular el otorgamiento, por la Dirección de Pensiones del Estado, de las prestaciones y servicios a sus afiliados.

Las personas afectadas por esta la ley de Pensiones son:

  • Servidores públicos de los poderes del Estado de Jalisco.
  • Los que se incorporen al régimen voluntario establecido en esta ley
  • los servidores públicos de los municipios de la entidad; de los organismos públicos descentralizados del Estado y sus municipios.
  • Los que, de conformidad con esta ley, adquieran el carácter de pensionados por jubilación, edad avanzada o invalidez
  • Los poderes del Estado de Jalisco.

Entre los servicios y prestaciones que brinda el estado de Jalisco se encuentran pensiones por jubilación, por edad avanzada; y por invalidez; Servicio médico a pensionados y a sus beneficiarios; prestaciones económicas derivadas de la muerte del pensionado o del afiliado; préstamos; arrendamiento y venta de inmuebles y prestaciones sociales y culturales.

Algo importante, es destacar que el derecho de los afiliados a recibir los beneficios que otorga esta ley surge simultáneamente con el pago de sus respectivos aportes según su cargo.

El Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, entidad encargada de las pensiones, también les ofrece a sus afiliados beneficios como descuentos especiales en centros de servicio, servicio fúnebre, deportes y recreación, salones de eventos y agencias de viajes.

En cuanto al aporte que deben realizar los servidores públicos sujetos a esta ley, consiste en una cuota o aportación obligatoria, del 5 por ciento mensual del sueldo, sobresueldo y compensación que perciban.Por su parte, tienen derecho a la jubilación, los trabajadores con 30 años o más de servicios, cualquiera que sea su edad, siempre que hubieren contribuido al Fondo de Pensiones por lo menos durante 20 años.

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