¿Cómo registro mi mascota en el DF?

El 30 de abril se aprobó la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, por lo tanto, los propietarios de mascotas, como perros y gatos, deberán registrarlas ante las autoridades, y contraen obligaciones permanentes con esos animales.

Una vez que se ponga en marcha la iniciativa, se registrará con un chip de identificación, para poder tener un control de la información del poseedor y también del seguimiento veterinario de un animal a partir de 2015.

La Ley establece que los dueños de las mascotas deberán brindarles “atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento, la zoofilia y la deformación de sus características físicas; asegurando siempre la sanidad animal y la salud pública”.

Entre las obligaciones de los propietarios de perros y gatos se cuenta también reportar el cambio de dueño o la muerte o extravío del animal, así como vacunarlo, protegerlo de las adversidad climática, colocarle un collar de identificación y un microchip “en un plazo de 30 días hábiles contados a partir de la adquisición del animal de compañía”, para poder recuperarlo en caso de extravío.

Además, quedan obligados a garantizar que el perro o gato disponga de suficiente convivencia con otros animales o seres humanos.

¿Cómo registro mi mascota?

Para registrar a un perro o gato se deberán proporcionar datos de identificación como nombre de la mascota, la raza, sexo y tiempo de posesión del animal, carácter de la mascota, sus características del pelo, tamaño, tipo de nariz, talla, hocico, cola entre otras señas particulares.

Requisitos para registrar

  • Nombre de la mascota
  • Raza
  • Sexo
  • Tiempo de posesión del animal
  • Carácter de la mascota
  • Características del pelo
  • Tamaño y talla
  • Tipo de nariz

Después de realizado el registro en Locatel, los dueños podrán acudir a cualquiera de los 52 juzgados cívicos de la Ciudad de México, donde podrán recoger la Constancia de Tenencia Responsable y Cartilla sobre los derechos y deberes de los cuidados de los animales de compañía. Además, en los juzgados cívicos se podrá hacer entrega de animales extraviados.

En el número telefónico 5658 1111, así como la página web de Locatel, se contará con este servicio de registro que será gratuito.

Prohibiciones

En su artículo 25, la mencionada Ley prohíbe la venta y explotación de animales en la vía pública, en vehículos, domicilios particulares y mercados, o anunciar la venta de animales “sin contar con un establecimiento comercial autorizado…”

También prohíbe tener relaciones sexuales con animales: “Los actos de zoofilia, podrán ser denunciados ante las instancias judiciales correspondientes competentes”.

Los dueños de animales tampoco podrán permitir que se reproduzcan más de dos veces al año, ni podrán amarrarlos o encadenarlos permanentemente.

Multas

Para garantizar el cumplimiento de esas normas se establecen multas que van de 1 a 150 días de salario mínimo vigente en el DF.

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