Tratado de libre comercio G3

El Tratado del Grupo de los Tres (G-3), integrado por México, Colombia y Venezuela, se firmó en junio de 1994 y entró en vigor el 1 de enero de 1995.

Intercambio comercial México – Venezuela (cifras Banco de México)

En 2002, el comercio México-Venezuela sumó 1,119 millones de dólares, 7 por ciento menos que en 2001 y 137 por ciento más que en 1994, año previo a la entrada en vigor del tratado de libre comercio.

Las exportaciones de productos mexicanos a Venezuela sumaron 586 millones de dólares, 16 por ciento menos que en el mismo periodo de 2001.

Las compras por parte de México de productos venezolanos superaron 532 millones de dólares, 6 por ciento más que en el mismo periodo de 2001.

Intercambio comercial México – Colombia (cifras Banco de México)

En 2002, el comercio con Colombia sumó más de 908 millones de dólares, 7 por ciento más que en 2001 y 113 por ciento más que en 1994.

Las exportaciones de México a Colombia sumaron 556 millones de dólares, 10 por ciento más que en el mismo periodo del año anterior.

Las importaciones mexicanas de bienes colombianos sumaron 352 millones de dólares, 2 por ciento más que en el mismo periodo de 2001.

Objetivos

Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:

  • estimular la expansión y diversificación del comercio entre los países;
  • eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y de servicios entre los países;
  • promover condiciones de competencia leal en el comercio entre los países;
  • aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de los países;
  • Proteger y hacer valer los derechos de propiedad intelectual;
  • establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre los países, así como en el ámbito regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado;
  • crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias;
  • propiciar relaciones equitativas entre los países reconociendo los tratamientos diferenciales en razón de las categorías de países establecidas en la ALADI;

2. Las Partes interpretarán y aplicarán las disposiciones de este Tratado a la luz de los objetivos establecidos en el párrafo 1 y de conformidad con las normas aplicables del derecho internacional.

Dicho tratado busca un acceso amplio y seguro a los respectivos mercados, a través de la eliminación gradual de aranceles, reconociendo los sectores sensibles de cada país. Mediante el establecimiento de disciplinas busca asegurar que la aplicación de las medidas internas de protección a la salud y la vida humana, animal y vegetal, del ambiente y del consumidor, no se conviertan en obstáculos innecesarios al comercio.

Asimismo, fija disciplinas para evitar las prácticas desleales de comercio y contiene un mecanismo ágil para la solución de las controversias que puedan suscitarse en la relación comercial entre los países.

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