Indemnización por despido

El trabajo es un bien muy preciado por todas las personas en el mundo, pero también sabemos que la relación laboral no dura para siempre.

Sea porque uno consigue un empleo mejor o se cansa del mismo, o bien, porque su patrón no ha de necesitarlo más, la persona puede quedar sin trabajo.

Pero, hay algunas cosas que los trabajadores no saben, y los empleadores (a veces por ignorancia y otras por maldad) omiten.

Es el típico ejemplo de esto, el dinero de los aportes al fondo de ahorro que la empresa hizo durante los años de trabajo; que le corresponde al trabajador en caso de que estén liquidándose su retiro de la compañía.

Este tema es bastante nuevo, dado que la resolución fue aprobada se basó en la Ley Federal del Trabajo.

Por medio de esta se determina que el fondo de ahorro debe ser considerado como parte del salario para efectos de indemnizaciones laborales, jubilaciones y pensiones alimenticias en disputas familiares.

Hay que destacar que, las empresas no están obligadas a incluir en sus liquidaciones el fondo de ahorro, pero el trabajador tiene el derecho de exigir ante un tribunal que se incluya este aporte dentro del desembolso.

A continuación, los conceptos al momento de liquidar obligatorios son:

  • Pagarse con salario integrado
  • Pago de jubilaciones privadas o por medio del Seguro Social
  • Pago de prestaciones como: aguinaldos, primas vacacionales, etc
  • Demandas por pensión alimenticia (deducible del ISR para la empresa)

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One response to “Indemnización por despido

  1. Tengo una duda, si trabajé durante 5 años corridos rotando turnos y con un descanso entre semana, ¿por que no toman en cuenta la prima dominical y las horas extras trabajadas de noche?

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