Ley de Vacaciones

De acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 76 indica que aquellos trabajadores que tengan más de un año haciendo sus labores tiene derecho a disfrutar de un período vacacional; dichos días que se toman de vacaciones serán pagadas y la remuneración por esos días no podrá ser menor a su equivalente a 6 días laborales.

La Ley indica a su vez que lo días vacacionales aumentarán dos días conforme se vaya acumulando labores año con año hasta llegar a los 12. Después del cuarto año el periodo vacacional se incrementará en dos días.

Esto queda más claro con el siguiente ejemplo:

  • Año 1: 6 días
  • Año 2: 8 días
  • Año 3: 10 días
  • Año 4: 12 días
  • De 5 a 9 años: 14 días
  • De 10 a 14 años: 16 días
  • De 15 a 19 años: 18 días
  • De 20 a 24 años: 20 días
  • De 25 a 29 años: 22 días
  • De 30 a 34 años: 24 días
  • De 35 a 39 años: 26 días

El pago por los días vacacionales viene acompañado de una prima vacacional, es decir (por ley) un incremento del 25 por ciento del sueldo que percibe durante los días que le corresponden de vacaciones.

No solo se deben de pagar las vacaciones sino también los días que la Ley marca como no laborales que son los siguientes:

  • Año Nuevo (1 de enero)
  • Día de la Constitución (5 de febrero)
  • Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • Día de la Independencia (16 de septiembre)
  • Día de la Revolución (20 de noviembre)
  • Día de la Toma de Posesión del Presidente de la República (1 de diciembre de cada seis años)
  • Navidad (25 de diciembre)

Nota: a algunas de estas fechas se les puede recorrer el día de no laboral dependiendo del día en el que caiga (fines de semana); esos detalles son resueltos por la misma Ley.

Pago de días Vacacionales

Esto se refiere que el salario percibido durante los días de vacaciones sea el mismo que recibe durante un día laboral común (no por ser vacaciones le deben de pagar menos).

A su vez, la Ley Federal del Trabajo nos indica que los días que se consideren de descanso obligatorio también deberán ser retribuidos con el mismo salario que percibe el trabajador.

Puntos relevantes:

  • “Por un año de labores, el trabajador tiene derecho a cuatro días laborales y hay un domingo, percibirá el pago de cinco días”.
  • “En caso de que su descanso sea por dos años de servicios, el trabajador tiene derecho a seis dias laborables y hay un domingo intermedio percibirá, como en una semana corriente de trabajo, el pago de un séptimo día”.
  • “Cuando las vacaciones exceden de seis, ocho, nueve, diez, once, doce o mas días, el patrón cumple pagando al trabajador, con salario simple, los ocho, nueve, diez y once días, incluyendo en ellos los días de descanso obligatorio que se interpongan, porque así los hubiese percibido si en lugar de estar de vacaciones, hubiera estado laborando”.

Cabe destacar que las clausulas anteriormente mencionadas pueden ser modificadas o alteradas por parte de la Suprema Ley “cuando no contravienen disposiciones de orden público; pero sin alterar lo establecido en el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo”.

Calculadora de vacaciones

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2 responses to “Ley de Vacaciones

  1. Como puedo checar o denunciar si no me pagan prima vacacional o no se cumplen las leyes en mi empresa

  2. Hola, tengo nueve meses laborando y me dicen que no tengo derecho a vacaciones pagadas, si no me presento a laborar. Me gustaría saber si esto es así o no

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